Fases de la atención de la emergencia.

El artículo N°30 de la Ley N° 8488 establece que la atención de la emergencia se ejecutará en tres fases: Respuesta, Rehabilitación y Reconstrucción. El Poder Ejecutivo mediante Decreto Ejecutivo N°42227-MP-S del 16 de marzo del 2020, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 51 del mismo día, declara estado de emergencia nacional en todo el territorio de la República de Costa Rica.

Fase de respuesta.

Fase operativa inmediata a la ocurrencia del suceso.
Fase 1
Incluye además de lo estipulado en la Ley número 8488 y su reglamento, las acciones de contención y control de los brotes, el reforzamiento de los servicios de salud, el aprovisionamiento de agua, la compra y distribución de suministros de limpieza y desinfección, las acciones de limpieza profunda en edificaciones, la protección del personal sanitario, personal de primera respuesta y de la Cruz Roja Costarricense, vigilancia epidemiológica, necesidades de diagnóstico y abordaje de la enfermedad en todas sus fases, y la asistencia humanitaria requerida para la adecuada atención de la emergencia. En el marco de sus competencias las instituciones velarán por evitar el desabasto, acaparamiento, condicionamientos en la venta y la especulación en bienes y servicios

Rehabilitación

Referida a la estabilización de la región afectada.
Fase 2
Incluye además de lo estipulado en la Ley número 8488 y su reglamento, la ampliación de las capacidades de los servicios para la atención de pacientes, incluido sin que se limite a: la sostenibilidad de los servicios de salud y la ampliación de las unidades especializadas y laboratorios requeridos para la reducción de la morbimortalidad de la población.

Reconstrucción.

Reconstrucción.
Fase 3
Incluye además de lo estipulado en la Ley número 8488 y su reglamento, las acciones a mediano plazo orientadas a establecer las condiciones normales de operación de los servicios de salud, así como eventuales tratamientos y procedimientos médicos disponibles según el nivel de los impactos determinados. Todas las acciones deben de realizarse de conformidad con los debidos reportes generados para el Plan General de la Emergencia.

Plan General de la Emergencia


Controlar la epidemia provocada por la enfermedad COVID 19 en Costa Rica y atender el efecto social inmediato de las medidas de contención, bajo mecanismos de intervención que aseguren la agilidad y la oportunidad de las acciones por parte del Estado Costarricense.

En el Plan General se han definido seis componentes de intervención:


1. MEDIDAS PARA LA CONTENCIÓN
2. RESPUESTA DEL SISTEMA DE SALUD
3. LOGÍSTICA DE LAS OPERACIONES DE EMERGENCIA
4. MEDIDAS DE HIGIENE Y PROTECCIÓN
5. ASISTENCIA SOCIAL Y HUMANITARIA
6. PROYECTOS VINCULADOS A LA RECUPERACIÓN